“PRINCIPIOS JURÍDICOS DE LA INSPECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO” ENSAYO

  

 

 

 

 

 

 

“PRINCIPIOS JURÍDICOS DE LA INSPECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO”

ENSAYO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Maestría de Gestión Integral del Riesgo

Emma Karenina Martínez Ramírez

Gestión del Proceso de Inspección

Chalco de Díaz Covarrubias a 30 de noviembre de 2024

Universidad Ducens


Tabla de contenido

Introducción

3

Desarrollo

5

Conclusiones

8

Bibliografía

9


Introducción

La inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo es un mecanismo esencial para garantizar condiciones laborales seguras y saludables, sustentado en un marco jurídico que establece principios fundamentales. En México, este sistema está regulado principalmente por la Ley Federal del Trabajo, el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, y el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones, además de estar alineado con convenios internacionales promovidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La inspección del trabajo es un sector clave del sistema de administración del trabajo de un país. Según la OIT, los objetivos de la inspección del trabajo son:

·         El cumplimiento de las disposiciones legales relativas a las condiciones de trabajo y a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión;

·         El suministro de información técnica y asesoramiento a los empleadores y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones legales;

·         La identificación de las deficiencias o los abusos que no estén específicamente cubiertos por las disposiciones legales existentes.

Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155)

ü  Artículo 9

1.     El control de la aplicación de las leyes y de los reglamentos relativos a la seguridad, la higiene y el medio ambiente de trabajo deberá estar asegurado por un sistema de inspección apropiado y suficiente.

2.     El sistema de control deberá prever sanciones adecuadas en caso de infracción de las leyes o de los reglamentos

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81)

ü  Artículo 9

Todo Miembro dictará las medidas necesarias para garantizar la colaboración de peritos y técnicos debidamente calificados, entre los que figurarán especialistas en medicina, ingeniería, electricidad y química, en el servicio de inspección, de acuerdo con los métodos que se consideren más apropiados a las condiciones nacionales, a fin de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la protección de la salud y seguridad de los trabajadores en el ejercicio de su profesión, e investigar los efectos de los procedimientos empleados, de los materiales utilizados y de los métodos de trabajo en la salud y seguridad de los trabajadores.

ü  Artículo 13

1.     Los inspectores del trabajo estarán facultados para tomar medidas a fin de que se eliminen los defectos observados en la instalación, en el montaje o en los métodos de trabajo que, según ellos, constituyan razonablemente un peligro para la salud o seguridad de los trabajadores.

2.     A fin de permitir la adopción de dichas medidas, los inspectores del trabajo estarán facultados, a reserva de cualquier recurso judicial o administrativo que pueda prescribir la legislación nacional, a ordenar o hacer ordenar:

(a) las modificaciones en la instalación, dentro de un plazo determinado, que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la salud o seguridad de los trabajadores;

(b) la adopción de medidas de aplicación inmediata, en caso de peligro inminente para la salud o seguridad de los trabajadores.

3.     Cuando el procedimiento prescrito en el párrafo 2 no sea compatible con la práctica administrativa o judicial del Miembro, los inspectores tendrán derecho de dirigirse a la autoridad competente para que ésta ordene lo que haya lugar o adopte medidas de aplicación inmediata.

Entre los principios jurídicos que fundamentan estas inspecciones destaca la legalidad, que asegura que las actuaciones se realicen conforme a las disposiciones normativas vigentes. Asimismo, el principio de prevención y protección busca evitar riesgos laborales mediante medidas proactivas que salvaguarden la vida, salud e integridad física de los trabajadores. La transparencia y el respeto al debido proceso garantizan que las inspecciones sean ejecutadas de manera imparcial, con pleno conocimiento de patrones y trabajadores.

Estas inspecciones no solo tienen un carácter punitivo, sino también preventivo y educativo. Los inspectores están facultados para asesorar a empleadores y empleados sobre el cumplimiento efectivo de las normas, identificar deficiencias en los centros de trabajo y promover mejoras continuas. Además, la legislación establece sanciones adecuadas para infracciones detectadas, reforzando la importancia del cumplimiento normativo.

En conjunto, estos principios no solo buscan proteger a los trabajadores, sino también fomentar una cultura de seguridad laboral que beneficie a todos los actores involucrados en el ámbito laboral.

Desarrollo

La misión primaria de cualquier sistema de inspección del trabajo es garantizar el cumplimiento de las leyes laborales pertinentes, entendiendo por tal es el conjunto de normativa nacional destinada a proteger a todos los trabajadores y, en su caso, a sus familias. Los sistemas modernos también abarcan el autoempleo y el ambiente derivado de ciertos riesgos relacionados con el trabajo. Una parte esencial de la inspección son las visitas a los establecimientos y los lugares donde los inspectores principalmente desarrollan sus actividades son los lugares en que el trabajo se lleva a cabo: empresas, lugares del trabajo y oficinas. Aunque la función de velar por el cumplimiento de la ley se basa esencialmente en las visitas a los establecimientos, las visitas no son un fin en si mismas, sino un mecanismo mediante el cual la inspección puede llevar a cabo su función principal y garantizar que las disposiciones legales se aplican.

MARCO JURÍDICO 

ü CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

1.     Artículo 123 apartado A, fracción XXXI.

ü LEYES

1.     Ley Federal del Trabajo.

2.     Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

ü REGLAMENTOS

1.     Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

2.     Reglamento General para la Inspección y Aplicación de Sanciones por Violaciones a la Legislación Laboral.

3.     Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.

ü NORMAS OFICIALES MEXICANAS

1.     NORMAS DE SEGURIDAD  

a)    NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad. 

b)    NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.

c)     NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. 

d)    NOM-006-STPS-2000, Manejo y almacenamiento de materiales - Condiciones y procedimientos de seguridad.

e)    NOM-009-STPS-2011, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura. 

f)      NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas - Funcionamiento-Condiciones de seguridad.  

g)    NOM-022-STPS-2008, Electricidad estática en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad.

h)    NOM-029-STPS-2011, Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad

2.     NORMAS DE ORGANIZACIÓN

a)    NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. 

b)    NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

c)     NOM-019-STPS-2011, Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene.

d)    NOM-021-STPS-1993, Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas. (Aplicable a los 3 formatos de tienda) 

e)    NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

f)      NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo Funciones y actividades

INSPECCIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD E HIGIENE 

1. Periodicidad en la elaboración de las Órdenes de Inspección: Las órdenes de inspección deberán emitirse como extraordinarias y deberán estar debidamente motivadas y fundamentadas.

2. Proceso productivo o actividad económica:

a) Descripción del proceso productivo o actividad económica. (Breve descripción de la operación de la Estación de Servicio, documentada)

b) Desechos y residuos (empaques, trapos, envases, cartón, entre otros)

c)  Maquinaria y equipo con que cuenta (Dispensarios, compresor, computadora, impresoras, terminales de punto de venta, planta de luz. Todo aquel que requiera una fuerza externa para su funcionamiento, tanto en área operativa y administrativa)

d) Recipientes sujetos a presión 

e) Recipientes sujetos a presión (Aplica al compresor, equipos hidroneumáticos, aire acondicionado con sistema de refrigeración impulsado por un compresor, cuartos fríos, no aplica a extintores)

f)   Sustancias químicas

g) Manejo, transporte y/o almacenamiento de sustancias químicas (Descriptivo- informativo, gasolinas, combustibles, aceites, aditivos, anticongelante, residuos)

h) Líquidos inflamables en inventario mayor o igual a 1400 litros (informativo, inventariado anualmente)

3. Redacción del Acta: Derivado de la actuación, se levantará un acta con la participación del representante de la empresa o empresas visitadas, el secretario general del Sindicato o Representante Común y los miembros de la respectiva comisión de seguridad e higiene; así como dos testigos de asistencia, en la que de ser procedente se circunstanciará la revisión documental, el recorrido a las instalaciones, interrogatorios y las medidas de seguridad e higiene dictadas por el inspector.

4. Uso de la palabra y ofrecimiento de observaciones y pruebas: De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 68 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 22 del Reglamento General para la Inspección y Aplicación de Sanciones por Violaciones a la Legislación Laboral, el patrón cuenta con cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de inspección, para presentar por escrito observaciones y pruebas con relación a los hechos contenidos en el acta de inspección; así como hacer uso de la palabra al momento del cierre de la visita de inspección para manifestar lo que a su derecho convenga.

         Conclusiones

Es primordial la cultura de prevención de accidentes y riesgo en los centros de trabajo. La mejor forma de lograr la Seguridad y Salud en el Trabajo es mediante actividades, programas y campañas.

Toda acción, estrategia y medida de prevención debe apegarse a las leyes, reglamentos, normas oficiales e instrumentos jurídicos de cada país. Existen diferentes herramientas, programas, actividades y campañas de capacitación que se pueden implementar en las áreas de trabajo para llegar a tener centros de trabajo libres de riesgos y alcanzar la meta de Cero Accidentes.

La inspección en los centros laborales, es una función pública de la administración del trabajo que vela por el cumplimiento de la legislación laboral en las empresas. En el mundo laboral, la inspección del trabajo es el instrumento más importante de la presencia e intervención del estado para diseñar, estimular y contribuir al desarrollo de una cultura de prevención que abarque todos los aspectos que potencialmente están bajo su competencia: relaciones laborales, salarios, condiciones generales de trabajo, seguridad y salud en el trabajo, y cuestiones relacionadas con el empleo y la seguridad social.

El propósito principal de la inspección del trabajo incluye la necesidad de garantizar que se respe la legislación laboral pertinente en los centros de trabajo con el objetivo de lograr condiciones del trabajo y empleo decentes, tanto para los patrones como para los trabajadores, las empresas adoptan medidas adecuadas para garantizar que las prácticas y el ambiente laboral no ponen en peligro la seguridad y salud del factor humano.

Bibliografía

Normas iso Información sobre sistemas de gestión de calidad. (s.f.). Obtenido de https://www.normasiso.net/ohsas-180012015-pdf/

Organización Internacional del Trabajo. (s.f.). Obtenido de https://training.itcilo.org/actrav_cdrom2/es/osh/intro/inmain.htm

Organización Internacional del Trabajo. (s.f.). Organización Internacional del Trabajo. Obtenido de https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/mission-and-objectives/lang--es/index.htm

Social, S. d. (2013). Protocolo de inspección en materia de Seguridad e Higiene y Capacitación y Adiestramiento para Estaciones de Servicio. Obtenido de chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.stps.gob.mx/bp/secciones/conoce/quienes_somos/quienes_somos/inspeccion/ins/inspeccionb/assets/protocolo_estaciones-de-servicio_31may12.pdf

Trabajo, O. I. (s.f.). Inspección del Trabajo: Lo que es y Lo que hace. Obtenido de chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---lab_admin/documents/instructionalmaterial/wcms_152884.pdf

Trabajo, O. I. (s.f.). Inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo. Obtenido de https://www.ilo.org/safework/areasofwork/occupational-safety-and-health-inspection/lang--es/index.htm

 

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