“MARCO JURÍDICO MEXICANO DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO” ENSAYO
“MARCO JURÍDICO MEXICANO DE LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO”
ENSAYO
Emma Karenina Martínez Ramírez
Investigación de Accidentes de
Trabajo
Chalco de Díaz Covarrubias a 10
de marzo de 2024
Universidad Ducen
Tabla de contenido
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Introducción |
3 |
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Desarrollo |
5 |
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Conclusiones |
10 |
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Bibliografía |
12 |
Introducción
La Seguridad y Salud en el Trabajo son
derechos fundamentales del factor humano en México, respaldados por una sólida
base constitucional que ha evolucionado a lo largo del tiempo. En este ensayo hablaremos del
Marco Jurídico de la SST en México, abarcaremos algunas de las leyes,
reglamento y normas, exploraremos las bases constitucionales de México, hablando
un poco de la época de la prerrevolución que fueron estos antecedentes
importantes para llegar a la CPEUM de 1917 es por ello que nos centraremos en
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, la Ley
Federal de Trabajo, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo y
Normas Oficiales Mexicanas ya que son de los aspectos más relevantes actuales
en México.
Es pertinente mencionar que, dentro del marco legal de la
seguridad y salud en el trabajo en México, se encuentra regulada por nuestra
carta magna,
1.
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM): en su Título Sexto, Artículo
123: consigna a toda persona tiene derecho al trabajo
digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la
organización social de trabajo, conforme a la ley.
2.
Ley
Federal del Trabajo (LFT), en su Título Noveno,
Riesgo de Trabajo, Artículo 475 Bis, señala que el patrón es responsable de la
seguridad e higiene y de la prevención de los riesgos en el trabajo, conforme a
las disposiciones de la Ley y Artículo 474, Accidente de trabajo es toda lesión
orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte,
producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera
que sean el lugar y el tiempo en que se presente.
3.
Reglamento
Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
4.
Reglamento
Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo en
vigor desde 2015, consigna que este instrumento tiene por objeto establecer las
disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que deberán
observarse en los Centros de Trabajo, a efecto de contar con las condiciones
que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores
el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y
salud, con base en lo que señala la Ley Federal del Trabajo.
5.
Reglamento
General de Inspección del Trabajo y Aplicaciones y Sanciones, documentos
reguladores que son importantes para su aplicación correcta en los centros de
trabajo.
En el presente ensayo trataremos de abarcar cada una de estas regulaciones, las cuales es importante que cada una de las partes que intervienen en las relaciones laborales, el patrón como el trabajador, tengan el pleno conocimiento para evitar riesgos que pongan en peligro la integridad física y mental, o la vida de los trabajadores, previniendo los cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que pueden ocasionar peligros en el factor humano o, que provoquen daños en las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del centro de trabajo.
Desarrollo
Como podemos ver en la introducción, México
cuenta con un marco jurídico basto en el cual nos habla sobre la seguridad y
salud en el trabajo; pero antes de entrar de lleno en el marco jurídico veamos
un poco de los antecedentes.
En la época de la prerrevolución ya se tenía
una preocupación latente por los riesgos que sufrían los trabajadores en sus
áreas de trabajo, cuando ocurría un accidente de trabajo el patrón meramente
solo se preocupaba por reparar los daños más sin embargo no se veía más halla
para prevenir los riesgos.
Es cuando en 1857 en la Constitución
Política se establecieron los primeros preceptos para darle una protección al
trabajador, en 1904 con la ley de Villada de protección al trabajador es donde
se integra en el artículo 123 el origen de los derechos sociales de los
trabajadores, estableciendo normas de la duración de las jornadas de trabajo,
la forma en cómo se desarrollaría en trabajo y el lugar, en 1917 se agregan las
condiciones de trabajo, las indemnizaciones y sanciones en casos necesarios, en
1931 se consolida la ley federal del trabajo, 1935 nace la Sociedad Mexicana
del trabajador, 1943 nace el Instituto Mexicano del Seguro Social, 1944 se crea
la ley Mexicana del Seguro Social, es de esta forma que poco a poco se fue
creando las leyes que protegen los derechos del trabajador en la seguridad y
salud ocupacional.
Es así que, enseguida mencionaremos las
bases del marco jurídico relativas que contienen las disposiciones que deberán
observarse en los centros de trabajo para que se cuente con las condiciones que
permitan prevenir los riesgos, y con ello garantizar el derecho a desarrollar
sus actividades, en un ambiente que asegure su vida y salud con base en los
ordenamientos legales aplicables en la materia.
Enseguida por orden de jerarquía
hablaremos de cada uno de los ordenamientos que intervienen para que los
trabajadores que concluyen en los centros de trabajo, realicen sus actividades
con seguridad y salud.
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (CPEUM)
Título Sexto Del trabajo y de la
previsión social
ü
Artículo
123: Entre los obreros,
jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo
contrato de trabajo:
Establece los cimientos de los derechos
laborales en el país. En su apartado A, se reconoce el derecho de los
trabajadores a condiciones de trabajo justas y seguras. El inciso XXXI de este
artículo garantiza específicamente la seguridad y salud en el trabajo,
exigiendo que las leyes regulen las medidas necesarias para proteger la
integridad física de los trabajadores. Este artículo sienta las bases
fundamentales para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores en
México.
ü
Artículo
123-B: Entre los
Poderes de la Unión y sus trabajadores:
El artículo 123-B establece la
responsabilidad del Congreso de la Unión y las legislaturas estatales para
legislar en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo. Además,
el Poder Ejecutivo Federal debe promover la capacitación y adiestramiento de
los trabajadores en estos temas. Esto refleja el compromiso del gobierno
mexicano con la mejora constante de las condiciones laborales y la protección
de los trabajadores.
LEY
FEDERAL DEL TRABAJO
La Ley Federal del Trabajo es una ley
complementaria que regula en detalle los aspectos laborales, incluyendo la
seguridad y salud en el trabajo. Establece obligaciones para los empleadores en
relación con la prevención de riesgos laborales, la capacitación de los
trabajadores y la creación de comités de seguridad e higiene. También establece
sanciones en caso de incumplimiento, fortaleciendo así la aplicación de las
disposiciones constitucionales.
REGLAMENTO
FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 6 de noviembre de 2014, establece los lineamientos específicos
para asegurar la seguridad y salud en el trabajo. Define los requisitos mínimos
que los empleadores deben cumplir para proteger a sus trabajadores, incluyendo
aspectos como la identificación y prevención de riesgos, la supervisión de las
condiciones de trabajo y la elaboración de programas de seguridad.
Mencionaremos dos artículos importantes del reglamento que nos hablan de las
acciones y disposiciones en materia de la SST que se observan en los centros de
trabajo.
Título Primero Disposiciones Generales,
Competencias y Sujetos Obligados
ü
Artículo
2
Señala que la “Seguridad y Salud en el
Trabajo que deberán observarse en los Centros de Trabajo, a efecto de contar
con las condiciones que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera, garantizar
a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que
aseguren su vida y salud, con base en lo que señala la Ley Federal del Trabajo.
Título Segundo Competencias
ü
Artículo
6
Las acciones que en materia de Seguridad
y Salud en el Trabajo lleve a cabo la Secretaría se complementarán con las que
desarrollen las Secretarías de Gobernación; de Salud; de Medio Ambiente y
Recursos Naturales; de Energía; de Economía; de Comunicaciones y Transportes, y
el Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al ámbito de sus respectivas
competencias y de las disposiciones jurídicas aplicables.
NORMAS
OFICIALES MEXICANAS
Así también existen Normas Oficiales
Mexicanas (NOMS), que deben aplicarse en el lugar de trabajo para el mejor
desempeño de cada persona, las cuales mencionaremos.
La Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, emite las NOMS, que determinan las condiciones mínimas necesarias para
la prevención de riesgos de trabajo; se destinan a la atención de factores de
riesgo, a los que pueden estar expuestos los trabajadores.
Actualmente están vigentes 41 NOMS en
materia de seguridad y salud en el trabajo; las cuales están agrupadas en cinco
categorías:
ü Normas
de Seguridad. Utilizadas
para prevenir riesgos laborales.
ü Normas
de Salud. Estas son
necesarias para prevenir enfermedades de trabajo, así como reconocer evaluar y
controlar los agentes químicos contaminantes. En esta categoría deberán ser
consideradas las normas recientes 035 Factores de Riesgo Psicosocial en el
Trabajo y NOM 036 Factores de Riesgo Ergonómico en el Trabajo.
ü Normas
de Organización. Coordina
los recursos materiales, humanos y financieros necesarios para llevar a cabo la
administración de la seguridad y salud en el trabajo.
ü Normas
Específicas. Señala los
aspectos específicos que deben ser observados para conservar la vida y salud de
los trabajadores; su aplicación es obligatoria en empresas de los sectores o
actividades específicas.
ü Normas
de Producto. Son seis
normas, tres relativas a equipo contra incendio y las tres siguientes sobre
equipo de protección personal, dirigida a fabricantes, comercializadores,
importadores y distribuidores.
Las primeras tres categorías seguridad,
salud y organización se aplican de manera obligatoria los centros de trabajo
que desarrollan actividades de comercialización, producción, transporte,
almacenamiento y prestación de servicios en función de las características de
las actividades que desarrollan.
Se considera que además de las leyes,
normas y reglamentos aplicables en México relativos al tema de seguridad y
salud en el trabajo, existen instituciones a nivel internacional que deben
estar alineadas con las exigencias por parte de la Organización Internacional
del Trabajo.
Por otra parte, dentro de la
Constitución de la OIT, se establece que los trabajadores deben estar
protegidos contra las enfermedades en general y profesionales, buscando ante
todo que los trabajadores cuenten con las medidas necesarias para que
desarrollen su labor de manera segura y confiable.
La Pirámide de Bird o también llamada
pirámide de Heinrich es una teoría de prevención de accidentes industriales.
Muestra la relación entre los accidentes graves e incidentes de menor
repercusión. Esta teoría propone que si los incidentes sencillos o accidentes
menores se reducen habrá una reducción proporcional en el número de accidentes
serios.
El científico plantea la falta de control como la causa
principal de los accidentes con pérdidas (humanas, de propiedad o de proceso),
sin embargo, durante su estudio también planteó que para que se produzca un
accidente deben ocurrir una serie de hechos previos que se deben analizar para
encontrar el origen de los accidentes.
Como se puede ver en la imagen anterior, Bird planteó un modelo desde
donde se empieza a investigar la raíz del problema por el final – las pérdidas
– y se llega hasta el inicio del accidente: el fallo de control.
Esta representación se hace mediante una pirámide donde, según el estudio de Bird, por cada accidente grave o letal se presentan 10 accidentes leves, 30 accidentes con pérdidas materiales y 600 incidentes sin daños.
Esta pirámide de control de riesgos se utiliza para mostrar y explicar la importancia que tiene la investigación y resolución de los accidentes, no solo los graves también los leves o más sencillos, ya que nos enseña la proporción que existe entre ellos y nos incita a prevenir tanto los leves como las graves.
Conclusiones
Las bases constitucionales de la seguridad y salud en el
trabajo en México proporcionan un sólido marco legal para proteger los derechos
de los trabajadores y garantizar entornos laborales seguros y saludables.
El
camino no ha sido nada sencillo cuando hablamos sobre la seguridad del
trabajador y las obligaciones de los patrones, también tengamos en cuenta que
los trabajadores tienen obligaciones para con los patrones, no solamente es
completa la responsabilidad de las empresas (patrón) cuando ocurren accidentes
o riesgos laborales, como en toda relación siempre se va a tener un porcentaje
de responsabilidad de cada parte, el 50% le corresponde al trabajador y el otro
50% al patrón.
Por
lo anterior es que en 1857 en la Constitución Política se ven los primeros
rasgos de la protección al trabajador y se fue trabajando en esto hasta llegar
a la Constitución de 1917, la Ley Federal del Trabajo y el Reglamento Federal
de Seguridad y Salud en el Trabajo, los cuales se establecen las obligaciones
claras para empleadores y trabajadores en la prevención de riesgos laborales y
la promoción de la salud en el ámbito laboral. Estas bases constitucionales
reflejan el compromiso de México con el bienestar de sus trabajadores y su
desarrollo económico sostenible a través de condiciones laborales seguras y
saludables.
Los
Sistemas o Modelos de Seguridad y Salud en el Trabajo nos ayudan a poder evitar
los acontecimientos como son el peligro, riesgo, accidente, acto y condición
subestándar en las áreas o lugares de trabajo en las que se desempeña el factor
humano. Estos modelos los podemos complementar con las teorías de la causalidad de los accidentes para poder formar
estrategias, las teorías de la causalidad son complejas por lo que se deben de estudiar
y comprender de manera adecuada para mejorar la prevención de accidentes.
Al tener una diversidad de teorías, no será difícil
comprender que no existe una sola teoría que se considere correcta y sea
universalmente aceptada, ya que en un área de trabajo se podrían aplicar una o
varias teorías dependiendo del ramo al que se dedique la empresa, teniendo en
cuenta que no son los mismos riesgos que se pueden tener en un trabajo de
oficina, al que se tiene en una línea de producción o en campo.
Bird planteó que los accidentes se pueden evitar y prevenir si se estudia la raíz de los mismos, la causa inicial, y en el caso de los trabajos en altura y verticales se producen accidentes donde existe la probabilidad real de que sea mortal o grave.
Bibliografía
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. (2023). Ciudad de
México.
LEY FEDERAL DEL TRABAJO. (2022). Ciudad de México.
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instalaciones y áreas en los centros de trabajoCondiciones de seguridad. (2008). Ciudad de
México.
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